Responsabilidad internacional del Estado

La responsabilidad internacional del Estado es la institución jurídica que impone al Estado, que ha realizado un hecho ilícito en perjuicio de otro, la obligación de reparar el daño causado.[1]​ Esta situación se dan principalmente entre el Estado infractor o responsable, y el Estado perjudicado o lesionado, e incluso entre una pluralidad de Estados o la comunidad internacional en su conjunto.

Esta responsabilidad es el principio de que todo comportamiento de un Estado calificado por el derecho internacional del hecho jurídicamente ilícito entraña, en derecho internacional, la responsabilidad de dicho Estado[2]

El tema de la responsabilidad de los Estados, se trata de una materia regulada fundamentalmente por el Derecho consuetudinario.[3]​ Este tema surge a partir de 1953, donde la Asamblea General de las Naciones Unidas encomienda a la Comisión de Derechos Internacionales la tarea de codificar las reglas concernientes a la responsabilidad internacional.[4]​ En 1976 la Comisión preparó su proyecto de convención internacional sobre responsabilidad internacional. La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 12 de diciembre de 2001 lo remitió a la atención de los Estados.[5]

  1. Moyano Bonilla, César y Ortiz Ahlf, Loretta, (1994). La deuda externa y la responsabilidad internacional del Estado,. México: UNAM. p. p.55. 
  2. Idem
  3. Carrillo Salcedo, Juan Antonio (1994). Curso de Derecho internacional público. Madrid: Tecnos. 84-309-2064-1. 
  4. Díaz Cáceda, Joel, “La responsabilidad internacional de los Estados: base para la defensa de los Derechos Humanos”, Derecho PUC, Chile, núm. 61, 2008, p.250
  5. Crawford, James (2004). Los artículos de la Comisión de Derecho Internacional sobre la Responsabilidad Internacional del Estado: Introducción, texto y comentarios. Madrid: Dykinson, SL. 84-9772-529-8. 

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